El Departamento de Evaluación de la Ley ha finalizado el estudio de la Ley Nº 20.000, que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas. La norma fue solicitada por 12 Diputados de diversas bancadas y consideró la opinión de organismos públicos implementadores de la norma, expertos y organizaciones sociales vinculadas con el tema.
Entre las principales conclusiones extraidas de la evaluación se encuentran:
A. LA DEFINICIÓN DEL ESTADO SOBRE EL CONSUMIDOR
B. CONSUMO PRIVADO Y VÍAS DE OBTENCIÓN: DELINQUIR PARA CONSUMIR
C. CONSUMO, MICROTRÁFICO Y TRÁFICO: NECESIDAD DE ESTABLECER HERRAMIENTAS PARA SU DISTINCIÓN
Criterio «pequeñas cantidades» es insuficiente y podría ser equívoco para distinguir entre los delitos de tráfico y microtráfico.
Distinción del «consumo personal» y del «microtráfico
Vacíos regulatorios con relación al delito de microtráfico
D. BIENES INCAUTADOS Y DECOMISADOS: EL DINERO QUE PIERDE EL ESTADO
E. COOPERACIÓN EFICAZ: RIESGOS DE UNA BUENA HERRAMIENTA
F. TRIBUNALES DE TRATAMIENTO DE DROGAS: POSIBILIDADES DE SU AMPLIACIÓN
G. NORMATIVA SOBRE PRECURSORES Y SUSTANCIAS QUÍMICAS ESENCIALES: ACTUALIZACIONES PENDIENTES.
H. INSTITUCIONALIDAD: DESCOORDINACIÓN INTERSECTORIAL, RECURSOS Y FUNCIONES
Coordinación intersectorial
Coherencia entre las funciones mandatadas por la ley y la naturaleza de las instituciones que las implementan
Actualización del reglamento de la Ley N°20.000 no se adapta al dinamismo del mercado ilegal de drogas
I. USO TERAPÉUTICO DEL CANNABIS: RECONOCIMIENTO DE TRATAMIENTOS MÉDICOS